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jueves, 22 de mayo de 2008

Reforma electoral y calidad democrática por J.A. Cordero

Extraído de República Labrador

J.A. Cordero: Reforma electoral y calidad democrática


"No hay razones para oponerse a una mejora del sistema electoral cuando éste muestra serias distorsiones y disfunciones en términos de proporcionalidad, calidad democrática de la elección o capacidad de hacerse oír del votante. Sobre todo, cuando las medidas que permiten resolver o corregir estos defectos pueden llevarse a cabo de manera eficaz, sin grandes rupturas ni costes desorbitados en ningún ámbito".

Artículo publicado en la revista "El Viejo Topo" , número 244 (mayo 2008), web http://www.elviejotopo.com/web/index.php (donde pueden verse los gráficos y a aclaraciones que completan el artículo):

Tras treinta años de democracia, la reforma sobre la ley electoral emerge como uno de los temas clave de la agenda política. Aunque nunca ha desaparecido del todo del debate público, estos últimos meses han conocido un renovado interés político, mediático y social por el sistema electoral vigente, sus características, sus deficiencias y, sobre todo, las alternativas para corregirlas. Un interés que se ha reflejado, hasta las últimas elecciones, en el salto de la regulación electoral del ámbito académico a los programas de diversos partidos y al debate político en general, y que promete ir in crescendo en la nueva legislatura, tras unos resultados electorales que han evidenciado de nuevo, y con mayor intensidad si cabe, la magnitud de las defectos de la actual normativa.



La reforma electoral no es cómoda ni para los grandes partidos nacionales, que basan en el sistema vigente parte de su hegemonía, ni para los partidos nacionalistas, que en él basan toda su influencia. No obstante, las distorsiones observadas a lo largo de los años y las dinámicas perversas que se han desarrollado al amparo de la actual regulación hacen necesaria una revisión profunda y racional del modelo que refuerce la legitimidad del sistema democrático, detenga la creciente desafección ciudadana y consolide la representatividad y la estabilidad de las instituciones.



Un sistema electoral perverso

En España, los escaños (entre 300 y 400, según la Constitución) se reparten por provincias entre listas cerradas y bloqueadas, según un método de asignación proporcional. Cada provincia cuenta con un mínimo de 2 escaños, que se completan según su población, sumando en total 350 escaños. La asignación fija de 2 diputados provinciales tiende a sobrerrepresentar las provincias menos pobladas: así, Soria cuenta con 3 escaños (93593 hab., 1 escaño por cada 30000 hab. aproximadamente) y Madrid con 35 (6 millones de hab., 1 escaño por cada 170000 hab., aprox.). De acuerdo con estos datos, el voto de un soriano vale más de 5 veces el de un madrileño.


La preferencia por las listas cerradas y bloqueadas, por su parte, otorga un poder desproporcionado a quien elabora las listas y determina su orden en cada partido, en detrimento del ciudadano elector. Éste, en efecto, se ve obligado a aceptar o rechazar en bloque una papeleta de candidatos ligados a una sigla, sin posibilidad de influir en su ordenación o expresar preferencia por unos candidatos en concreto. Esta limitación se traduce en que los diputados son conscientes de que su escaño depende más del aparato del partido que los sitúa en una determinada situación de la lista, que de los ciudadanos que han votado, a los que nominalmente representan y a los que presuntamente se deben. La representación del pluralismo social y ciudadano da paso a un puzzle de escasa calidad democrática, formado por unos bloques monolíticos, cohesionados en torno al potente pegamento del miedo a la burocracia de partido, y más sensibles por tanto a las directrices del correspondiente aparato que al sentir de los ciudadanos.


Además del marcado desequilibrio territorial y la escasa (prácticamente nula) vinculación entre representantes y representados, existe otro fenómeno más sutil, pero de importancia capital en la dinámica política y la articulación de mayorías en sede parlamentaria. Entre los métodos proporcionales, la asignación D’Hondt tiende a favorecer a los dos partidos mayoritarios en detrimento de los demás: este efecto ‘mayoritarizante’, de exclusión de terceras fuerzas (y siguientes), es tanto más acusado cuando menor es el tamaño de la circunscripción. Como en España la circunscripción electoral es la provincia, el sistema electoral distorsiona la asignación de escaños a favor de las formaciones mayoritarias a nivel provincial (esto es, Partido Popular y Partido Socialista, hegemónicos en prácticamente todo el territorio, y partidos nacionalistas vascos y catalanes, muy potentes en las provincias en que se presentan), y castiga fuertemente a las formaciones con una presencia distribuida por todo el país, pero sin alcanzar la hegemonía en ninguna provincia. Este efecto, que dificulta enormemente la consolidación de un tercer partido nacional, aboca de hecho al país a Gobiernos de mayoría absoluta (1982-1993, 2000-2004) o dependientes del apoyo de partidos centrífugos (1993-1996, 1996-2000, 2004-2008), favorece la expansión del ‘voto útil’ y deteriora apreciablemente, en consecuencia, la calidad democrática de la elección. Desde un punto de vista democrático, los partidos ‘localmente’ (provincialmente) mayoritarios, esto es, PP, PSOE y nacionalistas, consiguen una relación de votantes por diputado claramente ventajosa frente a las formaciones con vocación de ‘tercera fuerza nacional’, Izquierda Unida y el nuevo partido Unión, Progreso y Democracia (UPyD).



El caso de UPyD no tiene antecedentes, pero el comportamiento electoral de la coalición de izquierdas sufre desde hace años una deriva cuyos rasgos son cada vez más acentuados. En efecto, los votos de esta coalición no consiguen escaño en la inmensa mayoría de provincias españolas (salvo Madrid y Barcelona, en la última convocatoria) y se convierten en ‘restos’ sin repercusión institucional alguna. En consecuencia, el voto a la coalición es cada vez más inútil, desciende en cada elección y la obtención del escaño resulta más costosa, con lo que el proceso se acelera. Sin minimizar el impacto de las decisiones políticas y estratégicas de la coalición a lo largo de las últimas legislaturas, es claro que la lógica del sistema electoral está siendo un factor relevante en la crisis endémica que sufre IU, como también lo fue en el proceso de desintegración del antiguo CDS.


La situación de IU es extrema, pero más allá de su caso concreto, el fenómeno de los ‘restos’ constituye una disfunción del sistema electoral que en las últimas convocatorias electorales (2000, 2004 y 2008) ha afectado a entre 2,5 y 3,5 millones de votos, es decir, entre un 10 y un 15% de los sufragios emitidos quedan sin representantes en el Congreso de los Diputados, “se pierden”.


Son tres, por tanto, los elementos que hacen inaplazable una reforma del sistema electoral vigente en España:

a. la dependencia de los diputados respecto a las burocracias de sus partidos y la escasa capacidad de decisión del votante, provocados por el sistema de listas cerradas y bloqueadas,
b. su excesivo desequilibrio territorial (el voto en Soria vale más de 5 veces que en Madrid),
c. la injusticia de los ‘restos’ o, si se prefiere, la penalización de las ‘terceras fuerzas’ frente a los dos grandes partidos y los grupos nacionalistas, que consolida a las formaciones centrífugas como únicos árbitros posibles entre los dos partidos mayoritarios.


Este último efecto consagra la desigualdad de voto no sólo por razones territoriales, sino también ideológicas: el sufragio de un votante de EAJ/PNV ha valido en la última convocatoria electoral casi 10 veces más, en escaños, que el de un partidario de Izquierda Unida. Se da la circunstancia de que este fenómeno, que varía de elección a elección, se ha venido agravando en las últimas cuatro elecciones generales.


Una reforma contra la desigualdad de voto

La identificación de las distorsiones y disfunciones de la actual regulación electoral permite también plantear las modificaciones requeridas para corregirlas. Los remedios a aplicar son diferentes en función de los principios que quieran preservarse, y en muchos casos admiten diversos matices. En concreto, la reforma que se plantea en estas líneas se dirige a evitar las perversiones mencionadas y garantizar la proporcionalidad democrática, protegiendo la igualdad de condiciones de votos y partidos, y profundizar en la calidad democrática de la elección, mejorando la vinculación entre electores y electos y asegurando que las Cortes reflejen fielmente la voluntad de los ciudadanos. Todo ello, manteniendo en la medida de lo posible la estructura vigente del sistema electoral, y en particular las directrices constitucionales, del todo compatibles con los principios constitucionales, al objeto de dibujar una reforma realista y políticamente asequible.

La proporcionalidad del sistema vigente es deficitaria tanto en el ámbito territorial como en el ideológico. En lo que se refiere al territorio, la distribución de escaños con un número mínimo de dos diputados por provincia provoca, como se ha visto, diferencias de 5 a 1 entre el valor del voto en las provincias menos y más poblada. Ciertamente, la irregular distribución de la población en España hace recomendable establecer mecanismos de equilibrio territorial que protejan a las zonas más despobladas. Por ello, proponemos mantener una asignación fija para cada provincia (independientemente de la población), pero reduciéndola de 2 diputados a 1. Ello permite asegurar la presencia de representantes de todas las provincias en las Cortes reduciendo la desigualdad máxima de voto entre circunscripciones de 5,6:1 a 3,2:1 (sin contar Ceuta y Melilla, que mantendrían un diputado cada una).

Los distintos costes de los escaños según correspondan a unas u otras formaciones se deben, como se ha visto, al fenómeno de los ‘restos’, es decir, a la incapacidad del sistema electoral de dar cauce a todos aquellos votos que no sirven para conseguir escaño en la circunscripción (provincia) en que se emiten. Este problema está en el origen de las desigualdades en el coste del escaño de los distintos partidos, así como en la penalización sistemática de las formaciones con vocación de ‘tercera fuerza’ nacional (Izquierda Unida hoy, el CDS a finales de los años ochenta y principios de los noventa). Para corregirlo, se propone el reuso de los ‘restos’ provinciales mediante una doble asignación de escaños, un método que no es nuevo y que ha sido ya defendido desde diversos círculos y prestigiosos intelectuales, como el profesor y ponente constitucional Gregorio Peces-Barba. La primera asignación (correspondiente al método actual) es de carácter provincial y serviría para elegir, como hasta ahora, 350 diputados. La segunda agruparía a nivel nacional, por candidaturas, los ‘restos’ provinciales de cada formación, y con ellos (aproximadamente entre el 10 y el 15% de los votos emitidos) asignaría 50 escaños adicionales (que supondrían el 12,5% de los escaños de la Cámara ampliada) mediante el método D’Hondt, sobre listas nacionales cerradas y bloqueadas, sin barreras mínimas.

La conjunción de ambas medidas (reuso y reequilibrio territorial) produce un método de asignación mixta de escaños que tiene la ventaja de ser del todo transparente para el elector, pero muy eficaz en la reducción de restos sin representación (que se reducen en un factor 10), así como en la igualación de los costes del escaño para los diferentes partidos (la razón entre el mayor y el menor coste del escaño cae, para los datos de 2008, de 9,5:1 a 1,6:1). Su adopción supondría, en consecuencia, un avance realmente significativo en la equidad, la justicia y la proporcionalidad del sistema representativo español. Haría posible, además, la superación de la dependencia endémica del nacionalismo al volver aritméticamente viable un tercer partido nacional.

Unas elecciones más sensibles a la ciudadanía

El segundo pilar de esta reforma electoral aborda la vinculación que la elección establece entre representantes y representados. El sistema vigente en España establece una vinculación muy débil, fuertemente mediatizada por el poder opaco de los aparatos de los partidos políticos. Son los partidos quienes deciden qué candidatos integran la lista y en qué orden se sitúan. Al ciudadano no le queda más que aceptar o rechazar íntegrante la lista cerrada (sin posibilidad de cambiar nombres) y bloqueada (sin posibilidad de incidir en el orden) de cada candidatura. Por otro lado, la democracia española contabiliza entre los votos válidos, además de los votos a candidatura, los votos en blanco, habitualmente asociados a una actitud de desacuerdo activo con las candidaturas que se presentan. En la práctica, las nulas consecuencias prácticas (institucionales) del voto en blanco llevan a parte de los descontentos con las candidaturas existentes a refugiarse en la abstención, en la que se confunden con los desinteresados de la política y los sectores menos movilizados de la formación percibida como favorita.
La aspiración principal en este ámbito es la de traducir con mayor fidelidad en el plano institucional la voluntad de los ciudadanos expresada en las urnas.

Un instrumento interesante para ello es la apertura de listas a través del “voto preferente”. Con esta fórmula, el ciudadano puede escoger una lista y, dentro de ella, tiene opción de mostrar preferencia explícita por determinados candidatos integrantes, al margen de su posición en la papeleta. El escrutinio de estos “votos preferentes” complementa al escrutinio habitual de lista y permite habilitar un orden parcial y alternativo al oficial para aquellos candidatos que hayan recogido mayor cantidad de apoyos explícitos. Esta ordenación ofrece a los ciudadanos la posibilidad de saltarse la lista establecida por los aparatos de los partidos y potenciar a determinados candidatos de su elección.

Esta medida ataca una de las causas profundas del creciente distanciamiento entre ciudadanía y política, al establecer cauces de interlocución semidirecta entre los electores y sus representantes en las instituciones, racionalizando el papel de intermediación de unos partidos políticos (y de sus aparatos) cada vez más opacos, cuya excesiva tutela sobre el sistema democrático puede acabar asfixiándolo. La evaluación directa de los candidatos por los ciudadanos, aunque sea en el marco de una lista, permite a los diputados adquirir una cierta dignidad y autonomía en sus funciones representantivas que puede redundar en una mayor sensibilidad y agilidad de las instituciones a la hora de afrontar las preocupaciones de la ciudadanía.

Esa misma filosofía permite tomar posición respecto a los votos en blanco. Si la apertura de listas permite a los candidatos pulsar la opinión de la ciudadanía sobre su tarea, los votos en blanco pueden ejercer ser un índice cualificado del grado de satisfacción de los ciudadanos con la oferta electoral existente. Para ello, sin embargo, es necesario que la acción de votar en blanco tenga o pueda tener consecuencias perceptibles en las instituciones, de forma similar a las que tiene optar por una u otra candidatura. En línea con las reivindicaciones de diversos grupos cívicos y políticos, puede ser conveniente contabilizar los votos en blanco y hacerlos participar en los procesos de asignación de escaños, dejando vacíos aquellos que sean asignados. Si el voto en blanco es un voto legítimamente expresado contra todas las opciones existentes, resulta democráticamente incoherente que los partidos que concurren se repartan el mismo espacio representativo (escaños) independientemente del voto que se exprese contra todos ellos. La actual irrelevancia del voto en blanco inhabilita, además, un potente sensor de las instituciones para visualizar el descontento popular y afrontarlo antes de que tome expresiones más dramáticas.

Una reforma tan posible como necesaria

El debate sobre la reforma electoral en España progresa pese a las inercias y lógicas resistencias que protegen el modelo vigente. Y existen razones poderosas para abordar esta reforma ahora: desde la crisis de confianza en las instituciones democráticas que asola toda Europa, y que obliga a afinar y a repensar en ocasiones los mecanismos de representación, participación y decisión; hasta los riesgos que comportan algunas de las dinámicas centrífugas alentadas, entre otros factores, por la actual reglamentación electoral. No hay motivos para oponerse a una mejora cuando el sistema demuestra ser muy mejorable en aspectos cruciales como la proporcionalidad, la calidad democrática de la elección o la capacidad de hacerse oír del votante.

Tanto más cuando las medidas que permiten resolver o minimizar los principales defectos observados no requieren grandes rupturas ni costes desorbitados en ningún ámbito. La propuesta que se ha detallado es, en ese sentido, plenamente eficaz y puede desarrollarse sin afectar los preceptos constitucionales (número de escaños, principio de proporcionalidad, circunscripción provincial) que definen el marco de la regulación electoral. Sus elementos básicos han sido asumidos ya por diversos partidos que los han incorporado a su programa electoral, fundamentalmente Ciudadanos – Partido de la Ciudadanía (C’s), pero también, aunque en menor medida, Unión, Progreso y Democracia (UPyD) y la coalición Izquierda Unida (IU).

No caben, pues, excusas: sólo una expresa voluntad de bloqueo por parte de los principales partidos nacionales puede aplazar una reforma en el sentido que se expone. Si así lo hacen, tendrán que explicar a los ciudadanos qué les lleva a rechazar un modelo electoral como este, más democrático, más abierto, más participativo y más justo.

Extraído de República Labrador

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